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Segundo cuatrimestre 2017

artículo técnico

Seguridad Corporativa

D

entro del proceso de expan-

sión internacional en que se

encuentran inmersas nume-

rosas empresas españolas, el desplaza-

miento temporal o de larga duración

al extranjero de empleados es cada vez

más habitual. En compañías multinacio-

nales, es frecuente contar con más de

un millar de trabajadores que se des-

plaza fuera de su país de origen cada

semana. La responsabilidad de las em-

presas por la seguridad de los emplea-

dos (y sus familias cuando residen per-

manentemente en el extranjero) es evi-

dente, como también lo es la especial

atención que merece esta situación

frente a la de los trabajadores contrata-

dos localmente.

Las empresas tienen la obligación de

prevenir los riesgos que afecten a sus

trabajadores. Estos riesgos cam-

bian y aumentan notablemente

en países situados fuera de nues-

tro entorno geográfico y econó-

mico, afectando especialmente a

empleados que son destinados o

se desplazan a zonas de conflicto

o con altas tasas de criminalidad.

El modo en que se mitigarán esos

riesgos será lógicamente diferente

al acostumbrado, sobre todo te-

niendo en cuenta que el marco

legal de la seguridad, en compa-

ración con el que consideramos

habitual en Europa, varía hasta ex-

tremos que los hacen extraños e

irreconocibles.

Por ejemplo, mientras en Es-

paña se consideraría como delito

pagar a un policía a cambio de

la prestación de un servicio pri-

vado de seguridad, en otros paí-

ses –no necesariamente más atra-

sados– es una práctica legal y ne-

cesaria que permite, durante las horas

de duración del contrato, contar con

gran parte de las atribuciones de que

dispone como agente de la autoridad,

incluyendo sus armas o el acceso a ba-

ses de datos policiales.

En cuanto a la especificidad del caso

de los expatriados respecto a los em-

pleados locales, frecuente fuente de

quejas y tensiones en las funciones dia-

rias de los departamentos de Seguri-

dad de las empresas en el ámbito inter-

nacional, es consecuencia de la mayor

indefensión del expatriado: desde as-

pectos como el desconocimiento de la

cultura e idioma locales, contar con me-

nores derechos civiles o la tutela del es-

tado de residencia hasta ser objetivo

muy rentable para organizaciones cri-

minales o terroristas. En cualquier caso,

una mayor atención hacia el empleado

expatriado no supone en ningún caso

que los departamentos de Seguridad

puedan desatender al local, quien, ade-

más de tener derecho a esa protección,

contribuye de manera esencial para al-

canzar un mejor grado de seguridad

para la organización gracias a su cono-

cimiento del entorno.

¿Cómo actuar?

Cada vez más empresas cuentan con

empleados que trabajan y viven fuera

de sus lugares de origen y su deber es

protegerlos. Los departamentos de Se-

guridad se encargan de esa protección,

pero ¿qué dificultad tiene dicha tarea?

Los departamentos de Seguridad han

de realizar un esfuerzo de adaptación

sobresaliente para cumplir con ella. Los

errores en esa adaptación, frecuen-

temente consecuencia de la tras-

posición de los esquemas que se

utilizan para proporcionar seguri-

dad en su país de origen, se tradu-

cen en inaceptables incrementos

de riesgo para los empleados. Otro

error muy habitual es delegar por

completo la seguridad en manos

de proveedores externos, algo que

ocasiona elevados costes a cambio

de una eficacia, en el mejor de los

casos, discutible.

La utilización de esquemas típi-

camente locales, que han funcio-

nado bien durante años en las se-

des centrales de las empresas, es

tan lógica como infructuosa. Esa

utilización persigue que el pro-

blema se adapte a nuestra solu-

ción y no al revés. Esta aproxima-

ción resulta tan fácil como có-

moda, no provoca tensiones con

otros departamentos de la em-

Alberto Torreño

Departamento de Seguridad Corporativa de Repsol

Internacionalización de la seguridad

privada: los expatriados